Profesional dedicado de manera habitual y retribuida a prestar servicios de asesoramiento, gestión e intermediación en operaciones de compraventa, arrendamiento, permuta o cesión de bienes inmuebles, así como a los derechos relativos a los mismos, incluida su constitución, así como emitir dictámenes relativos a su valor de mercado. Es importante saber que la profesión de API está regulada por ley (en concreto por el Real Decreto 1294/2007) con el objetivo de garantizar la defensa de los intereses de todas las partes que intervienen en una operación, ofreciendo a dichas partes conocimientos del mercado y del marco legal del sector inmobiliario.